martes, 1 de marzo de 2011

FUNCIONES DEL PERSONERO

  1. Garantizar el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.
  2. Recibir las quejas que presenten los estudiantes.
  3. Presentar ante el rector las solicitudes, reclamos y sugerencias de los estudiantes, que contribuyan a proteger sus derechos y a facilitar el cumplimiento de sus deberes.
  4. Cuando lo considere necesario, puede apelar ante el consejo directivo, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
  5. Mediar en las situaciones en las cuales su presencia sea requerida.

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